Perú: requisitos de importación, LMR y cuarentena vegetal
Perú regula los residuos de plaguicidas en alimentos mediante un marco nacional en el que DIGESA, del Ministerio de Salud, establece los LMR para alimentos de consumo humano; SENASA controla la sanidad vegetal, la cuarentena y los permisos fitosanitarios de importación; y SUNAT/Aduanas interviene en la nacionalización de mercancías. La NTS N.º 128-MINSA/2016-DIGESA es la referencia sanitaria principal sobre LMR de plaguicidas en alimentos. Perú no debe presentarse con un único valor numérico universal; cuando no existe un LMR nacional puede recurrirse al Codex Alimentarius y a otros criterios reconocidos por la autoridad competente, previa verificación del caso concreto.
Autoridades reguladoras
Vigente
Estado: Vigente
DIGESA (Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria), del Ministerio de Salud, establece los LMR de plaguicidas para alimentos destinados al consumo humano.
SENASA (Servicio Nacional de Sanidad Agraria) controla la sanidad vegetal, la cuarentena y los permisos fitosanitarios de importación.
SUNAT/Aduanas (Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria) interviene en la nacionalización de las mercancías.
Normativa principal
Vigente
Estado: Vigente
La referencia sanitaria principal es la NTS N.º 128-MINSA/2016-DIGESA, que establece los LMR de plaguicidas en alimentos de consumo humano.
El marco de control de plaguicidas y alimentos se complementa con la legislación peruana de inocuidad alimentaria y las disposiciones de SENASA.
Límite por defecto cuando no existe un criterio específico
No determinado
Estado: No determinado
Perú no debe presentarse con un único valor numérico universal aplicable a todas las combinaciones de producto y plaguicida.
Cuando un LMR no está contemplado en la normativa nacional, el marco peruano contempla recurrir al Codex Alimentarius y, en su defecto, a otros criterios reconocidos por la autoridad competente.
La aplicación debe confirmarse para cada sustancia, producto y operación comercial. No debe asumirse automáticamente un valor de 0,01 mg/kg ni el límite del país de origen.
Requisitos fitosanitarios e importación
Vigente
Estado: Vigente
Antes del embarque, el importador debe consultar los requisitos sanitarios y fitosanitarios aplicables en SENASA.
Según el producto y el país de origen, puede requerirse Permiso Fitosanitario de Importación, certificado fitosanitario, declaraciones adicionales, tratamiento, inspección o análisis de riesgo de plagas.
SENASA dispone de una consulta por producto, partida arancelaria y país de origen.
- Permiso Fitosanitario de Importación (PFI).
- Certificado fitosanitario oficial del país de origen.
- Declaraciones adicionales exigidas según producto y origen.
- Tratamientos de poscosecha o cuarentena.
- Inspección en el punto de ingreso.
- Análisis de riesgo de plagas cuando no existan requisitos previamente establecidos.
Consulta de criterios de residuos
Vigente
Estado: Vigente
SENASA dispone del sistema SIAG para consultar límites y otros criterios aplicables a alimentos agropecuarios primarios y piensos.
La consulta permite verificar el criterio aplicable a cada combinación de sustancia y producto antes de operar.
- SENASA — Sistema SIAG de consulta de límites máximos permisiblesHerramienta oficial de consulta de SENASA para criterios de residuos en alimentos agropecuarios primarios y piensos.
Frutas frescas y alimentos procesados
Vigente
Estado: Vigente
Las frutas y productos vegetales frescos se someten principalmente a los controles fitosanitarios y de inocuidad de SENASA y DIGESA.
Los alimentos procesados pueden estar sujetos a requisitos adicionales de registro, etiquetado, autorización sanitaria y control de importación.
Las frutas frescas y los alimentos procesados pueden tener marcos y trámites diferentes; cada categoría debe revisarse según la normativa aplicable al tipo de producto.
Recomendaciones para exportadores latinoamericanos
Antes de exportar a Perú conviene confirmar:
- La admisibilidad del producto desde el país de origen.
- La necesidad de PFI y certificado fitosanitario.
- Los requisitos específicos de la especie y presentación.
- El criterio de residuos aplicable a cada combinación.
- Los documentos y tratamientos exigidos.
- Las exigencias adicionales del importador o comprador.
Preguntas frecuentes
¿Quién establece los LMR en Perú?
DIGESA, en el marco del Ministerio de Salud, establece los LMR de plaguicidas para alimentos destinados al consumo humano.
¿Quién controla el ingreso de frutas frescas?
SENASA, mediante sus controles de sanidad vegetal y cuarentena, verifica los requisitos fitosanitarios de importación.
¿Perú tiene un límite por defecto único?
No debe resumirse la normativa peruana en un único valor numérico universal; el criterio se verifica según sustancia, producto y operación.
¿Qué ocurre si no existe un LMR nacional?
Puede recurrirse al Codex Alimentarius y a otros criterios reconocidos por la autoridad competente, previa verificación del caso concreto.
¿Qué es el PFI?
Es el Permiso Fitosanitario de Importación que puede exigirse antes del embarque, según el producto y el país de origen.
¿Los requisitos son iguales para todos los países latinoamericanos?
No. Dependen del producto, el país de origen, la presentación y el análisis de riesgo de plagas.
¿Necesitas verificar los requisitos de importación para Perú?
MRL Management puede ayudarte a revisar el criterio de residuos aplicable, el PFI, las condiciones fitosanitarias y los trámites de importación antes de tomar una decisión comercial.
